ETS revisión rápida maraviroc tableta
Fecha
2018Autor(es)
Perú. Ministerio de salud, Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas
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La Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, autoriza el uso de Maraviroc en pacientes en los cuales se cumplan las siguientes condiciones: a. Pacientes infectados con cepas de VIH-1 con tropismo CCR5 positivo, confirmado de acuerdo a lo establecido en la Norma Técnica de Salud de atención integral del adulto con infección por el VIH; b. Ampliamente tratados y con resistencia documentada a múltiples antirretrovirales (2 ó 3 clases de antirretrovirales) con test genotípico reciente (< 6 meses) y que tengan signos evidentes de replicación activa del VIH-1; c. En combinación con al menos 2 fármacos activos.
Asimismo, la DGIESP a través de su Dirección de prevención y Control de VIH/SIDA, Enfermedades de Transmisión Sexual y Hepatitis; deberá asumir las medidas que garanticen una correcta selección de pacientes candidatos a recibir la terapia con Maraviroc, en base a la Norma Técnica de Salud; así como el monitoreo correspondiente de los pacientes bajo tratamiento, dado el alto impacto económico que estaría representando a nuestro sistema público de salud (S/. 930,750).